Bogotá. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia impuso a la empresa de entrega a domicilios Rappi una sanción máxima de 1.755 millones de pesos (US$450.000) por violar las normas de protección al consumidor.
La autoridad encontró varias irregularidades, como el hecho de que Rappi no suministra información clara en materia de precios en su plataforma de comercio ni sobre las restricciones para acceder a promociones y ofertas.
Tampoco informa a los consumidores sobre la existencia de derechos de retracto y la reversión del pago o cómo tramitarlos y, según la SIC, no suministra suficientes datos sobre la devolución de vueltas en “RappiCréditos”.
De acuerdo con la Superindustria, la app incluyó cláusulas abusivas que limitaron su responsabilidad e “implicaban renuncia de derechos de los consumidores, presumían la manifestación de su voluntad y restringían o eliminaban su facultad de hacer efectivas las garantías ante Rappi”.
En esa línea, tampoco garantizó a sus usuarios el derecho de reversión de pagos al no efectuar reembolsos dentro de los términos legales establecidos.
Sumado a ello, la SIC encontró varias fallas en la prestación de servicios posventa, como demoras en las entregas de pedidos, cancelación de productos, la no aplicación de cupones, la no devolución del dinero, entrega de productos diferentes o en mal estado y cobros injustificados, entre otros errores.
De acuerdo con la autoridad, esta sanción se impuso luego de comprobar que Rappi actúa en el mercado colombiano no como un portal de contacto (como afirma), sino como un proveedor habitual de bienes y servicios que los ofrece, comercializa y distribuye, con ánimo de lucro, mediante una plataforma de comercio electrónico.
Además de esta multa, Rappi deberá pagar $702,2 millones (US$181.859) por incumplir una orden administrativa impartida por la SIC en 2019.
En ella, la autoridad le ordenó informar a los usuarios la procedencia del derecho de retracto y de reversión de pago, ajustar las disposiciones contractuales de sus términos y condiciones e informar el precio total de los productos, incluyendo los costos adicionales, sin que fuera posible su modificación.
“Esta Superintendencia, además de declarar el incumplimiento y consecuencialmente imponer la sanción, concedió a la investigada un nuevo plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la notificación del acto sancionatorio, para que acredite el cumplimiento íntegro de lo antes expuesto, so pena de iniciar en su contra un nuevo procedimiento administrativo sancionatorio”, dijo la SIC por medio de un comunicado.
Rappi todavía puede acudir a recursos de reposición y apelación.