Para entender mejor el cambio que empezó a operar desde enero de este nuevo año en el sistema de pensiones de Colombia, es pertinente recordar que en Colpensiones (entidad que administra las pensiones publicas en el país) son dos los requisitos exigidos por ley para acceder a una pensión: edad y semanas mínimas cotizadas.
*Edad: desde este 1 de enero aumentó la edad para pensionarse para quienes estén afiliados a Colpensiones, pasando de 55 a 57 años para mujeres y de 60 a 62 años para hombres.
Es importante mencionar que el aumento de edades para acceder a la jubilación no es una discusión nueva ni única de Colombia, también es un tema de debate actual, para citar un ejemplo, en Brasil, donde se está discutiendo incrementar la edad a 65 años para hombres y 60 para mujeres.
Alrededor de esta modificación en la ley es pertinente hacer varias precisiones, con el propósito de entender mejor el alcance de este cambio:
1.-Es el resultado de una modificación prevista en la ley desde hace más de diez años.
2.-El aumento de edad es para las personas afiliadas a Colpensiones.
3.-Quienes están en un fondo privado podrán pensionarse con la misma edad, pero con una diferencia: si tienen un capital ahorrado en su cuenta de ahorro individual, pueden optar por una pensión anticipada, es decir, acceder a la pensión antes de los 57 si son mujeres y 62 años si son hombres. Para mayor claridad, repito: la opción de la pensión anticipada es sólo para los afiliados a un fondo privado.
*Semanas Mínimas: se aumenta de 1.250 a 1.275, es decir, una persona que ya tenga la edad (57 y 62) deberá haber aportado 1.275 semanas al sistema general de pensiones, equivalentes a 24,5 años de cotización.
Por lo anterior, en Colpensiones aunque una persona tenga las semanas mínimas cotizadas, deberá llegar a la nueva de edad de pensión, es decir 57 (mujeres) y 62 (hombres).
¿Qué sucede con quienes son régimen de transición? Hay un grupo de personas a quienes no les aplica el aumento de edad ni de semanas porque han sido cobijados por una excepción en la ley, llamada Régimen de Transición. Sólo quienes tienen esa condición podrán pensionarse en Colpensiones con 55 años (mujeres) y 60 años (hombres) hasta el 31 de diciembre de 2014. A partir de enero de 2015, todos los afiliados a Colpensiones tendrán que tener 57 y 62 años, respectivamente.
Por otra parte, es importante mencionar que el aumento de edades para acceder a la jubilación no es una discusión nueva ni única de Colombia, también es un tema de debate actual, para citar un ejemplo, en Brasil, donde se está discutiendo incrementar la edad a 65 años para hombres y 60 para mujeres.
El reto de los sistemas pensionales modernos radica en que los incrementos de edad no afecten el anhelado aumento de cobertura pensional (hoy en Colombia sólo de 30%).
En mi opinión, los aumentos de edades para jubilarse deben ir acompañados de políticas serias de creación de empleo para todas las edades y particularmente para trabajadores mayores de 50 años, con lo cual puedan aportar al sistema de pensiones el mínimo de semanas exigido al llegar a los 57 ó 62 años de edad.