Uno de los grandes problemas sociales no resueltos en la Ciudad de México es la convivencia de los diferentes derechos de sus habitantes.
Frecuentemente chocan el derecho a la libre manifestación de ideas e inconformidades con el de libre tránsito.
A menudo hay que elegir entre uno y otro –en los hechos, casi siempre prevalece el primer derecho sobre el segundo– cuando ambos podrían y deberían ejercerse sin chocar.
Hablaría muy mal de nosotros, como habitantes de la Ciudad de México, que no pudiéramos lograr que uno y otro derecho se hagan válidos.
Lo que nos hace falta son reglas. Reglas que todos respeten. No hay otra forma de lograr la convivencia entre personas que piensan diferente y tienen intereses distintos.
No creo que alguien pueda decir cuál es más importante sin toparse con el desacuerdo de muchas personas. Tanto derecho tiene alguien a protestar en la calle –es decir, en el espacio público– como lo tiene alguien a llegar a su trabajo o su casa sin que se le atraviese repentinamente una marcha o un bloqueo.
Cómo hacer que convivan estos dos derechos es fundamental en una ciudad de vías casi siempre saturadas como la nuestra.
Por eso creo que si se va a poner a discusión una Constitución para la Ciudad de México, ésta debiera ayudar a resolver el dilema.
Todos somos habitantes de esta metrópoli y debiéramos tener las mismas consideraciones generales en la ley y de parte de la autoridad.
Los manifestantes son tratados como ciudadanos de primera y las personas que simplemente quieren usar el espacio público sin afectar a otros, acaban siendo de segunda.
Hay ocasiones en que pasajeros que pagaron la tarifa del Metrobús tienen que bajarse y caminar, porque el vehículo se topó con una marcha, y nadie les devuelve lo que pagaron.
El espacio público es de todos, no de un grupo, por muy legítimas que sean las causas de éste.
Hablaría muy mal de nosotros, como habitantes de la Ciudad de México, que no pudiéramos lograr que uno y otro derecho se hagan válidos.
La Constitución General de la República establece, en su artículo 6º, que “la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público”.
Es evidente que varias partes de ese texto necesitan interpretación. No me ocupo de los “ataques a la moral” porque no son tema de esta columna. Pero sí sería bueno que definiéramos qué significa “afectar los derechos de terceros” y “perturbar el orden público”.
Así como la libertad de tránsito no puede ser total, tampoco puede serlo la libertad de manifestar ideas y/o inconformidades.
Las manifestaciones en el espacio público afectan los derechos de terceros, sin duda. Lo que debemos determinar, y sería bueno hacerlo en la Constitución de la Ciudad de México, es hasta dónde puede llegar esa afectación.
La nueva Constitución debería entrar en el fondo de esa materia. Debería establecer las reglas básicas para usar el espacio público, que es de todos. Y también puntualizar cuándo y con qué tipo de fuerza debe reaccionar la autoridad cuando las manifestaciones van más allá de lo permitido.
El martes pasado, un grupo de 300 personas, inconformes porque la Delegación Cuauhtémoc les pagará su sueldo vía electrónica y no en efectivo, decidió que podía bloquear la avenida Insurgentes.
Desproporcionado de por sí –¿por qué se sienten algunos con derecho de castigar por sus propias penurias a personas que no tienen nada que ver?–, este bloqueo ocurrió en plena contingencia ambiental, la primera en decretarse en la capital en 14 años.
Existe amplia evidencia científica de que los automóviles contaminan más cuando toman velocidad después de estar detenidos. Los embotellamientos son uno de los principales contribuyentes a la mala calidad del aire.
Quien bloquea una vialidad se vuelve culpable de la contaminación del aire, además de que deteriora de muchas otras formas la calidad de vida de sus semejantes.
Por eso es importante que las manifestaciones se realicen en condiciones que afecten lo menos posible a terceros, en acatamiento de la Constitución General. La forma precisa de lograr esto deberá estar en la Constitución de la Ciudad de México.
*Esta columna fue publicada originalmente en Excelsior.com