Cuando se debate el empleo de escudos humanos, los defensores de la posición oficial israelí suelen remitirse a las violaciones al derecho internacional humanitario cometidas por Hamás durante la invasión de Gaza. Según fuentes independientes, estas son de tres tipos: el empleo de armas indiscriminadas por naturaleza contra zonas urbanas, el abrir fuego desde áreas cercanas a objetivos civiles (poniendo en peligro a la población), y el de haber ocultado armamento en dos escuelas vacías de la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina (o UNRWA, por sus siglas en inglés, cuyo comunicado añade que se trata de un hecho sin precedentes).
El punto es que nadie niega que esas acusaciones contra Hamás sean verdaderas, pero ninguna de las fuentes que las formulan confirma la acusación medular del gobierno israelí: es decir, que Hamás emplea civiles como escudos humanos. De hecho, a quien culpan de esa práctica es a Israel. Un reporte de Amnistía Internacional de Enero de 2009 lo afirma de manera explícita. El Comité de los Derechos del Niño de la ONU fue más allá, acusando de forma reciente a Israel de emplear a niños palestinos como escudos humanos (y quienes citan fuentes de la ONU cuando acusan a Hamás, de súbito desconfían de ellas cuando estas acusan a Israel). Lo confirman por último los testimonios de soldados israelíes recogida por la organización israelí “Rompiendo el Silencio”. Un fallo de la Corte Suprema de Israel demuestra que el empleo de civiles como escudos humanos fue producto de una directiva militar, y no de excesos aislados (y quien se remita a ese fallo como prueba de que Israel es un Estado de derecho debería recordar que el mismo prohibió esa práctica en 2005, y sin embargo esta continúa).
La nueva doctrina militar israelí introduce dos modificaciones contrarias al derecho internacional humanitario.
La otra línea de defensa a la que suelen apelar los defensores de la posición oficial israelí es el argumento de que Israel hace esfuerzos denodados por evitar las bajas civiles. Nuevamente, esa es una afirmación que no corrobora ninguna fuente independiente. Por el contrario, Human Rights Watch para el caso del Líbano en 2006, el Reporte Goldstone (comisionado por la ONU tras la invasión de Gaza en 2009), y los reportes de la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la ONU sobre los sucesos actuales, coinciden en que Israel ataca objetivos civiles en forma deliberada (lo cual contribuye a explicar por qué mientras alrededor del 95% de las muertes ocasionadas por Hamás corresponden a soldados, poco más del 75% de las muertes ocasionadas por Israel corresponden a civiles). Se suele afirmar por ejemplo que, en ocasiones, el ejército israelí se comunica con quienes se encuentran dentro de un hospital o de una vivienda para advertirles de un ataque. Lo cual sólo confirma que sabían con certeza que se trataba de un objetivo civil: no importa cuántas comunicaciones hayan enviado, bajo el derecho internacional humanitario esos no constituyen blancos legítimos para un ataque militar.
En un artículo para el diario israelí Haaretz (titulado “A ‘Targeted Assassination’ of International Law”), Michael Sfard (asesor legal de la organización israelí Yesh Din), señala que tales prácticas son la consecuencia de una redefinición del derecho internacional humanitario por parte de las fuerzas armadas de su país. Siendo estas una entidad concebida para afrontar guerras convencionales contra ejércitos regulares, desde la invasión del Líbano en 2006 afrontan guerras asimétricas contra grupos irregulares (V., Hezbolá y Hamás). El problema, señala Sfard, es que esa redefinición del derecho internacional humanitario no resistiría el menor análisis fuera del sistema legal israelí (por ejemplo, en la eventualidad de que se presenten denuncias ante la Corte Penal Internacional).
La nueva doctrina militar israelí introduce dos modificaciones contrarias al derecho internacional humanitario. La primera es una redefinición de lo que constituye un blanco militar legítimo, para incluir por ejemplo, los “símbolos del gobierno de Hamás en Gaza” (lo cual incluye las oficinas en las que laboran civiles que no pertenecen a esa organización, o la infraestructura civil que ese gobierno administra). La segunda modificación es aún más problemática: esta sostiene que durante combates en áreas urbanas, las fuerzas armadas israelíes pueden atacar toda el área involucrada, siempre y cuando hagan llegar algún tipo de advertencia a la población civil. Las declaraciones de un alto funcionario de la División de Derecho Internacional de las fuerzas armadas israelíes al diario Haaretz, resumen con claridad lo que todo ello implica: “La gente que entra en una vivienda pese a las advertencias no tiene que ser tomada en cuenta en términos de causar daño a civiles, porque son escudos humanos voluntarios. Desde un punto de vista legal, no tengo que mostrar consideración por ellos. En el caso de la gente que regresa a sus casas para protegerlas, están tomando parte en el combate”.
Esa doctrina fue aplicada en una franja de territorio que cuenta con la mayor densidad demográfica del mundo, y en la que los lugares en los que se suponía que los civiles estarían a salvo tras evacuar sus viviendas (las instalaciones de Naciones Unidas), también han sido atacados por Israel. Es además un territorio cuyas fronteras internacionales han sido bloqueadas desde 2007 por Israel y Egipto, razón por la cual la población tampoco puede buscar refugio en otros países.